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Inclusión: Un derecho universal ineludible.

 

Señor director:

En relación con la carta expuesta respecto a temas de calidad e inclusión en la educación superior, escrita por el decano de la facultad de Filosofía de la Universidad Católica de Chile, publicada el 15 de enero del 2017 donde se apela a la calidad del servicio entregado por dicha casa de estudios y, los aportes que se realizan en materia de inclusión social al habilitar cupos de ingreso para estudiantes de escasos recursos, que sobresalen por sus talentos y capacidades; haciendo hincapié y referencia sobre todo a que la educación universitaria debe apuntar a un todo integral y que el reconocimiento, así como el apoyo económico a estas no puede estar supeditada a un solo aspecto, tal como señala Luis Mariano de la Maza:

hay que buscar una fórmula que, entre los criterios de calidad, además del nivel de alumnos y profesores, el valor de la investigación y las publicaciones, la efectividad de la docencia y la extensión, etcétera, incorpore también el reconocimiento a las políticas universitarias de inclusión, sin reducir unilateralmente el enfoque solo a este último aspecto (De la Maza, 2017).

La discusión formulada nos lleva a replantearnos qué se entiende por inclusión en el marco de nuestra sociedad chilena en el siglo XXI, época que ha traído aparejada un sinfín de movimientos sociales, culturales y políticos que dan cuenta de la diversidad de la población, constituyéndose en la raíz misma de la inclusión, pues esta debe atender precisamente a las demandas de la población para que nadie quede excluido del derecho a acceder a una educación universitaria integral y de calidad.

En línea con lo anterior, se puede aludir que: “la inclusión es pues, ante todo, una cuestión de valores, aunque deban concretarse sus implicaciones en la práctica. En definitiva, la inclusión supone una manera particular de entender y pensar la educación” (Durán & Giné, 2011, p. 155). A su vez nuestro país al estar suscrito a la declaración universal de los derechos humanos, visión que de igual manera está plasmada en nuestra carta magna, es decir, nuestra constitución política es que la inclusión y el derecho a la educación se vuelve un hecho ineludible: “Así pues la educación inclusiva se basa en la concepción de los derechos humanos por la que todos los ciudadanos tienen derecho a participar en todos los contextos y situaciones” (Durán & Giné, 2011, p. 155).

Lograr una educación integral y de calidad, que posibilite no solo la puerta de acceso a estudiantes con necesidades educativas especiales, sino que también a aquellos que han sido vulnerados social y/o económicamente, que no han tenido las mismas oportunidades materiales en la vida, también es una forma de aproximarnos a una educación superior cada vez más inclusiva, pero ante todo nuestra principal senda debe ser que todos nuestros estudiantes descubran su máximo desarrollo y potencial que los lleve a alcanzar su realización personal y profesional en aras de un futuro mejor:

La presencia, la participación y el éxito de todo el alumnado expuesto a cualquier riesgo de exclusión, y no sólo de aquellos con discapacidad o con necesidades especiales. Es importante remarcar la importancia de que la inclusión está comprometida con que los alumnos consigan resultados valiosos; no sólo que estén presentes en la escuela común, sino que todos puedan alcanzar las competencias básicas establecidas en el currículo (Durán & Giné, 2011, p. 155).

Referencias bibliográficas.

De la Maza, L. (2017). Calidad e inclusión. Recuperado el 16 de junio del 2023 de: http://www.economiaynegocios.cl/noticias/noticias.asp?id=327291

Durán, D., & Giné, C. (2011) La formación del profesorado para la educación enclusiva: Un proceso de desarrollo profesional y de mejora de los centros para atender la diversidad. Revista Latinoamericana de Educación Inclusiva, 153 – 170.

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